Miguel Fernández-Melero Enríquez. Asesor Jurídico del COMCADIZ
El pasado mes de noviembre se celebraron las V Jornadas de Colegios de Médicos de Andalucía, de las cuales Vds. ya tienen noticia a través de los medios colegiales habituales, donde se han tratado un montón de temas interesantes.
Uno de los más llamativos ha sido el de la Validación Periódica de la Colegiación. Por lo visto en la provincia de Cádiz hay ya más de 1.200 colegiados que han solicitado y obtenido el certificado de validación periódica de la colegiación (lo que indica que hay más de 4.000 que no la han obtenido).
Se trata de un proceso bastante simple a través del cual los colegiados pueden acreditar su preparación y formación, las cuales quedan certificadas como competencia profesional del médico de cara a la sociedad. La validación periódica de la colegiación debe renovarse cada seis años. Igual que el carnet de conducir, que cada cierto tiempo debe renovarse para acreditar que el conductor se haya en condiciones de manejar un vehículo de motor.
Todo lo que sea que el médico esté perfectamente preparado para ejercer la profesión personalmente me parece estupendo. Sin embargo, vista desde otro ángulo, la cuestión puede tener su problema.
¿Recuerdan Vds. aquellos viejos tiempos en los que empezó a implantarse, como obligatorio, el consentimiento informado antes de las intervenciones quirúrgicas o procedimientos invasores en general? En el año 1986, que fue cuando se estableció con la vieja Ley General de Sanidad, era muy raro que un médico obtuviera el previo consentimiento informado antes de cualquier intervención. Hoy día se trata de un requisito generalizado que nadie incumple, pues sabe que las consecuencias pueden ser desastrosas. Cualquier Abogado, cuando va a iniciar una reclamación contra un Médico, lo primero que pregunta es dónde está la Historia Clínica, el documento de consentimiento informado y si se ha hecho conforme a Ley.
Pues lo mismo puede ocurrir con la validación periódica de la colegiación. ¿No les parece que cuando se vaya a iniciar cualquier acción contra un Médico, el Abogado contrario va a requerir que se le demuestre que ese médico ha pasado la renovación periódica de su permiso para ejercer? Y si no lo puede demostrar, ¿no va a significar que se trata de un médico obsoleto, anticuado, caducado, vetusto y fuera de juego?
De una forma u otra, ello conduce a la necesidad de no quedarse atrás y comenzar a realizar lo preciso para obtener lo antes posible la validación periódica de la colegiación, como un requisito más para el ejercicio de la profesión.
Y la semana que viene, más.