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El COMCADIZ celebra el decreto que califica la COVID como enfermedad profesional para los médicos

comcadiz by comcadiz
2 febrero, 2021
in Actualidad, Covid19
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El COMCADIZ celebra el decreto que califica la COVID como enfermedad profesional para los médicos
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El Colegio de Médicos de Cádiz, en la misma línea que lo hace el Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM), celebra la calificación de “enfermedad profesional” para los profesionales de la Medicina contagiados de COVID-19, a raíz del Decreto aprobado hoy martes en el Consejo de Ministros, y, al igual que el CGCOM, reitera la solicitud para que la Profesión Médica sea declarada Profesión de Riesgo.

El CGCOM celebra el decreto aprobado hoy en el Consejo de Ministros que establece la categoría de enfermedad profesional en aquellos profesionales sanitarios que se contagien de COVID-19, una reivindicación que llega tras diez meses de trabajo de toda la profesión médica.

El CGCOM reitera la importancia de esta medida, dado el gran número de sanitarios contagiados en nuestro país, 118.000 hasta la fecha, con 107 médicos fallecidos en el ejercicio de su profesión.

Este cambio permitirá que los facultativos puedan acceder a las mismas prestaciones a las que acceden otros colectivos profesionales a los que se les reconoce la enfermedad profesional con el objetivo de dar cobertura laboral durante toda la vida de trabajador, independientemente de cuando pueda contraer secuelas o complicaciones derivadas de la Covid-19, puesto que estará protegido por la Seguridad Social.

Esta norma se contemplará desde la declaración de la pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud y hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

Esta medida supone que la consideración de enfermedad profesional comparta con el accidente la cuantía de la prestación económica, la responsabilidad de la mutua en su asistencia sanitaria y el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene, establecidas en el artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social.

“Todas las prestaciones económicas que tengan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional se aumentarán, según la gravedad de la falta, de un 30 a un 50 por ciento, cuando la infección se produzca por causa de equipos de trabajo deficientes o actividades en centros o lugares de trabajo que carezcan de los medios de protección reglamentarios, o en malas condiciones, o cuando no se hayan observado las medidas generales o particulares de seguridad y salud en el trabajo, o las de adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y demás condiciones del trabajador”, explica Ricardo De Lorenzo, director de la Asesoría Jurídica del CGCOM.

  • Diez meses de trabajo liderando la solicitud desde el Foro de la Profesión Médica

En mayo de 2020 y ante la situación crítica que vivían los médicos en nuestro país el CGCOM solicitó ante el Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como al de Ministerio de Sanidad, el reconocimiento para los profesionales de la Medicina la calificación de “enfermedad profesional” para todos aquellos que hubieran sufrido contagio por COVID19, al objeto de que reciban una mayor protección en sus prestaciones de todo tipo, no señaladas hasta este momento para las enfermedades que no sean profesionales. Asimismo, esta petición contó desde el primer momento con la participación de todos los integrantes del Foro de la Profesión Médica.

Esta petición, respaldada por un informe de los servicios jurídicos del CGCOM, fue avalada por la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España, en su reunión llevada a cabo el 1 de mayo, paralela a la solicitud de entre otras instituciones por la Organización Mundial de la Salud, sobre la necesidad de que los profesionales sanitarios contagiados deban tener derecho a beneficios por lesiones laborales como enfermedad profesional, incluyendo compensación, rehabilitación y servicios sanitarios.

La solicitud cursada solicitaba expresamente el desarrollo de las medidas legales necesarias para que la infección de coronavirus (COVID19) y todas sus secuelas en los profesionales sanitarios tanto del Sistema Nacional de Salud como de la Sanidad Privada, que requieran baja laboral, fallecimiento o cualquier otro perjuicio derivado de la atención sanitaria a la crisis del coronavirus Covid-19, sean reconocidas como enfermedad profesional a todos los efectos.

El CGCOM, considera que esta solicitud constituye un acto de justicia, no solo para los profesionales fallecidos sino también para todos aquellos contagiados en esta pandemia. En este sentido también pretende desjudicializar y en definitiva evitar a través de esta reivindicación que los médicos se vean obligados a recurrir a los tribunales de justicia  para conseguir el cambio de contingencia y el recargo de prestaciones, no teniendo pérdida económica por supresión de complementos salariales y guardias, reconocimiento que también es necesario para los casos en los que se ha producido el fallecimiento del médico, a fin de reconocer las prestaciones correspondientes a los familiares supervivientes, ya que, con el soporte normativo actual, para que el fallecimiento de una persona por “coronavirus” pueda derivar en una pensión de viudedad originada por una contingencia profesional será necesario probar que la enfermedad ha sido contraída en el trabajo.

  • Consenso y apoyo internacional

La 71ª Asamblea General de la Asociación Médica Mundial (AMM), celebrada en Córdoba de manera telemática el pasado mes de octubre, aprobó una resolución urgente propuesta por el CGCOM por la que demandaba a los Gobiernos de todo el mundo “reconocer que la infección por SARS CoV-2 fuera considerada como una enfermedad profesional” y que la profesión médica fuera declarada “profesión en riesgo”, a la vez que solicitaba que la atención a los profesionales de la salud sea una prioridad.

Dentro del ámbito latinoamericano, la Confederación de Entidades Médicas Latino-iberoamericanas (CONFEMEL) a través de la III Declaración sobre la COVID-19 aprobada el año pasado, exigía a las autoridades el reconocimiento de los riesgos de la profesión médica y, en su caso, la “declaración de profesión de riesgo de los médicos”, teniendo en cuenta “la siniestralidad en el sector, la penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones de trabajo.

De igual manera, la Unión Europea de Médicos Especialistas (UEMS) que representa a más 1,6 millones de médicos en toda Europa ha manifestado su apoyo a que la profesión médica sea considerada profesión de riesgo por la evidente exposición como evidencian el número de infectados y fallecidos y el reconocimiento del contagio por coronavirus en Europa.

  • Siguiente paso: Profesión de Riesgo

Tras esta necesaria medida aprobada por el Gobierno, la corporación que representa a todos los médicos de España considera que es necesario continuar aumentado la protección a los facultativos a través de la declaración de profesión de riesgo para la profesión médica en nuestro país, una medida que la organización viene reclamando desde el pasado mes de mayo.  

El Consejo de Médicos ha solicitado la inclusión del SARS-CoV-2 como patógeno humano del grupo de riesgo 4 a todos los efectos, que son aquellos que pueden causar una enfermedad grave en humanos y suponen un serio peligro para los trabajadores por existir muchas posibilidades de que se propague y ante la inexistencia de tratamientos eficaces.

Por ello, desde la corporación se incide en que esta enfermedad, procedente de la dedicación laboral, se inserta en un ejercicio de riesgo continuado. Es muy elevado el número total y porcentual de trabajadores sanitarios contagiados por COVID-19 en el seno de la asistencia prestada a pacientes portadores de dicha patología, así como el de sanitarios fallecidos por dicha causa.

El nivel de riesgo de contagio por COVID-19 existe para todos los trabajadores sanitarios en su función asistencial, en sus distintos grados, desde un nivel bajo (laboratorios) hasta el nivel crítico (UCI), pero al lado de la certeza sobre la existencia de los grados de riesgo se encuentra la de la existencia misma del riesgo y su conexión con el desempeño laboral.

Por todo ello, y en memoria de los compañeros que ya no están, de todos aquellos que sufren y han sufrido las consecuencias de esta enfermedad y de aquellos que se encuentran en primera línea, el CGCOM demanda a la Secretaria de Estado de la Seguridad Social y Pensiones que se reconozca a la profesión médica como profesión de riesgo.

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