Miguel Fernández-Melero Enríquez
Asesor Jurídico del Colegio
Cada día se produce una sorpresa. Resulta que llevo años explicando desde esta tribuna de Medicina Gaditana (por lo visto con gran éxito entre mi tía únicamente) cuestiones jurídicas que sirven para evitar problemas que cuando llega la hora resultan indefendibles ante los tribunales de justicia. Por eso he procurado facilitar toda la información posible para que los colegiados no se metan en esos “jardines” que no les pueden traer más que quebraderos de cabeza.
Ahora me entero de que muchos colegiados no tienen ni idea de lo que se ha venido diciendo durante años y sigue padeciendo los mismos problemas.
¿Resulta posible que haya alguien aún que se meta en el quirófano sin que el paciente haya sido debidamente informado y que en la Historia Clínica (HC) conste firmado el correspondiente consentimiento (CI)? ¿A que parece inverosímil, increíble o inaudito? Pues no. Aún se están dando casos. Esta semana he tenido dos pleitos en los que las respectivas partes contrarias tratan de basarse en ese argumento de la falta del documento de consentimiento informado en condiciones para intentar conseguir sentencia de condena.
Una de las explicaciones que recibo es que el número de colegiados ha aumentado de forma extraordinaria en los últimos tiempos (ya son más de cinco mil los pertenecientes al Colegio de Cádiz), de forma que los de número más alto no han tenido oportunidad de enterarse de problemas que pueden surgir en cualquier momento del hacer profesional.
Como quiera que buena parte de esos problemas diarios están resueltos en la Ley 41/2002, de 1 de noviembre, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, les comunico que aún sigo disponiendo de un cajón casi entero de ejemplares, y que quien quiera uno, nada más tiene que llamar al Colegios y se lo mandamos gratis total.
Ánimo. Es una ley muy cortita que solo tiene 23 artículos.
Y la semana que viene, más.