Miguel Fernández-Melero Enríquez, Jefe Asesoría Jurídica del COMCADIZ
El Código Penal español incluye en su articulado los que se consideran delitos de peligro o de riesgo. Se trata de delitos en los que solo se requiere que el sujeto ejerza determinada conducta sin que llegue a la consumación. El hecho en sí se considera delito, aun cuando no haya producido consecuencias.
Hay delitos de riesgo en los que solo se requiere que exista el peligro de una lesión concreta. El ejemplo típico es el de conducción temeraria previsto en el artículo 380 y castigado con pena de prisión de seis meses a dos años. Otro tipo de delito de riesgo es el de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas del artículo 379, castigado con penas de prisión, o multa, o trabajos en beneficio de la comunidad.
No se trata de que quien realice esas conductas haya causado daño a nadie. Si así hubiera ocurrido se aplicarían otros artículos del mismo Código. Lo que se está castigando es el riesgo en el que se está poniendo a los demás.
La situación recuerda a la de aquellos que, sin estar suficientemente preparados, se adentran en la montaña, o en el mar, se terminan perdiendo y hay que salir a buscarlos, de forma que con su conducta ponen en riesgo la vida de los que forman parte de los equipos de salvamento.
Pues lo mismo ocurre con quienes se están negando a que se les vacune en el estado actual de pandemia en el que nos encontramos. Resulta que, según informan los medios de comunicación, siete de cada diez personas que acuden al hospital afectados por el virus de Covid 19 son esta clase de personas negacionistas, que no solo ponen en riesgo su salud, sino la de todas las personas con las que de un modo u otro han tenido contacto.
Hay países en los que se está estudiando que a estos sujetos se les impida el acceso a bares, restaurantes, piscinas públicas y otros espacios cerrados, además de no permitirles utilizar el transporte público si no se han realizado una prueba que haya resultado negativa 24 horas antes.
En todo caso, dado el daño que estas personas están produciendo al hacer que haya que atenderlos en la sanidad pública, con el riesgo que eso implica para sus profesionales, entiendo que lo que procede es que al que no se haya vacunado pudiendo hacerlo, que se haya contagiado y que acuda al hospital para que lo curen, se le obligue a pagar hasta el último euro que haya costado su tratamiento.
Y la semana que viene, más.