Miguel Fernández-Melero Enríquez – Jefe de la Asesoría Jurídica del COMCADIZ
El día 22 de junio de 2016 se encontraba un colegiado de guardia en el servicio de urgencias del Hospital Puerta del Mar de Cádiz.
Como desgraciadamente no deja de ser habitual, apareció por allí una patrulla de la Policía Local presentando a un ciudadano, viejo conocido de los cuerpos y fuerzas de seguridad. Resulta que habían tratado de detenerlo por delito in fraganti, se había resistido, había salido huyendo y, en la persecución, había resultado lesionado, por lo que acudieron al Hospital, a fin de que se beneficiara de la correspondiente atención sanitaria.
Hasta aquí todo normal. Lo que ya no resulta corriente es que cuando el médico se disponía a explorarle la espalda, que es de donde se quejaba, el ciudadano en cuestión se revolviera, lanzándose de cabeza contra la pared. Debió llevarse un buen chichón, pero en vez de calmarse, se revolvió y se abalanzó contra el colegiado, con clara intención de agredirle.
El médico puso por delante las manos para tratar de protegerse, pero el detenido se apañó para arrebatarle uno de los bolígrafos que llevaba en el bolsillo de su bata, intentando agredirse a sí mismo en el cuello.
No lo consiguió porque la policía se lo impidió, pero lo que no consiguió evitar es que el furioso ciudadano atacara al colegiado y le ocasionara herida costrosa de dos centímetros en el dorso del antebrazo izquierdo, erosión de un centímetro en el bíceps izquierdo, lo cual hizo preciso cura local antiséptica y antiinflamatorios orales.
Nosotros le acusamos por un delito de atentado a funcionario sanitario en el ejercicio de sus funciones y por otro delito de lesiones.
Ahora, casi cinco años después y tras una tortuosa instrucción, múltiples veces interrumpida, incluso por una pandemia mundial, se ha celebrado el juicio, habiendo asistido el acusado por medio de videoconferencia, pues se encontraba en prisión.
A pesar de beneficiarse de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, pues el juicio hubo de suspenderse dos veces, se ha dictado sentencia, que es firme, conforme a la cual se le condena por un delito de atentado, un delito leve de daños, cuatro delitos de lesiones leves, un delito de hurto de uso y un delito de robo, imponiéndosele penas de 48 días de trabajo en beneficio de la comunidad, tres meses de prisión, multa de un mes con cuota diaria de seis euros por cada delito leve, seis meses de prisión por el delito de atentado, cuatro penas de multa de un mes con cuota diaria de seis euros y un año de prisión por el delito de robo. La Sentencia es firme porque el acusado se conformó con la pena.
Como es bien conocido, la Justicia es como un elefante; lento pero con muy buena memoria.
Y la semana que viene, más.