Miguel Fernández-Melero Enríquez, Jefe de la Asesoría Jurídica
A pesar de todo lo que se viene haciendo, resulta que se siguen produciendo agresiones al personal sanitario. Y vemos cómo son las colegiadas las que las vienen sufriendo en muchas más ocasiones que los colegiados.
En el último asunto en el que he tenido ocasión de intervenir, la colegiada que había formulado la denuncia estaba realmente aterrada, porque cuando esperábamos para prestar declaración vio en el pasillo del Juzgado al tipo que la había amenazado. La sensibilidad mostrada por el personal judicial hizo que no estuviera demasiado incómoda durante el siempre desagradable trance de esperar para dar cuenta de lo sucedido.
Se solicitó medida de alejamiento mientras se instruyen las diligencias, a lo cual se opuso no solo el Letrado de la defensa, como es natural, sino que también se mostró contraria la propia Fiscal que intervino en el asunto, pues consideró que no era precisa la medida dado que los hechos habían ocurrido en el mes de diciembre de 2022, tras lo cual no se había producido ningún otro episodio de acercamiento por parte del investigado. Entendía que no concurría situación objetiva de riesgo para la víctima exigida legalmente para la adopción de este tipo de disposición.
Pero en este caso la Juez de Instrucción ha sido mucho más sensible y ha dictado un Auto en el que tiene en cuenta, no solo la declaración de la denunciante sino la hoja histórico penal del denunciado, lo que hace precisa la orden de protección de la víctima al estimarse que existe una situación objetiva de riesgo para ella, la cual se infiere principalmente de la propia naturaleza y circunstancia de los hechos. Por ello, para evitar que hechos similares o de mayor gravedad vuelvan a producirse, así como para proteger los bienes jurídicos de la víctima, se hace necesaria la adopción de medidas cautelares de protección.
Por eso acuerda otorgar la medida solicitada de forma que al investigado se le prohíbe que se aproxime a menos de 100 metros de la colegiada así como a su lugar de trabajo, domicilio y cualquier lugar en el que se encuentre, y la prohibición de comunicarse con la misma por cualquier medio, todo ello hasta que el procedimiento finalice por resolución firme.
Así pues, insisto una vez más en la necesidad de que ante cualquier ataque, amenaza o agresión procede que se produzca de forma inmediata la denuncia y se informe de ello a la Asesoría Jurídica del Colegio, para que se puedan adoptar las oportunas medidas y a ver si entre todos acabamos de una vez con esta triste situación que vienen soportando los colegiados y, sobre todo, las colegiadas.