Esta vez me dirijo a los colegiados que trabajan en su propia clínica o consulta y tienen concertado seguro de responsabilidad civil. Les ruego que dediquen un momento a revisar su póliza de seguro y, en su caso, a tomar las medidas correspondientes porque puede que se les presente un serio problema.
Si alguno de sus pacientes, que desafortunadamente puede haber quedado descontento de su trabajo, decide demandarlo, puede que no lo haga directamente contra el colegiado asegurado, sino contra la clínica en la que trabaja o contra cualquiera de sus empleados.
En tal caso, al comunicar el siniestro la compañía lo puede rehusar, por cuanto no es el colegiado asegurado el que debe defenderse y quien puede contar con el amparo de la aseguradora, sino la clínica o el empleado en cuestión, que es contra quien se dirigiría la reclamación y que no aparece como asegurado.
Por ello, si prevén que pueden encontrarse en esta circunstancia, deben revisar la póliza e incluir en la misma no solo a la clínica o consulta por su nombre, sino a todas y cada una de las personas que trabajan en ella, pues contra cualquiera de ellos puede hipotéticamente dirigirse el demandante.
Si tiene alguna duda sobre el particular, puede llamarme directamente.
Y la semana que viene, más.