Debe incluir siempre el número de colegiado

El Colegio de Médicos de Cádiz (COMCADIZ) ha tenido constancia de la circulación de certificados médicos no oficiales y, en este sentido, quiere alertar a la colegiación de que solo debe certificar siguiendo el modelo previsto en los arts. 58 y 59 del Real Decreto 1018/1980, de 19 de Mayo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Médica Colegial y del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, debiendo consignarse en él, el número de colegiado del médico y no ningún otro.
Esta norma de rango reglamentario establece que el Consejo General de la OMC es el único organismo autorizado para editar y distribuir los impresos de los certificados médicos oficiales cualquiera que sea la finalidad de los mismos.
El COMCADIZ recuerda a sus colegiados que en el Certificado Médico Oficial debe consignarse el número de colegiado médico y reitera que ningún otro documento puede ser utilizado como certificado médico, siendo ilegal su utilización al no cumplir la norma reglamentaria que reserva dicha materia al Consejo General de Colegios de Médicos.
Los colegiados pueden consultar con la Asesoría Jurídica del Colegio cualquier duda sobre la utilización fraudulenta o la posible ilegalidad del modelo de certificado.