Últimamente he tenido que asistir a varios colegiados (más de diez) en distintas dependencias de la Guardia Civil, a donde he debido acudir para asistirles en la declaración para la que habían sido citados como imputados no detenidos.
En todos los casos ha sido como consecuencia de la supuesta prescripción de recetas con sustancias anabolizantes. Hay que tener un especial cuidado con esto. Como consecuencia de la denominada operación Puerto, en la que se investigó al dopaje de ciclistas, en el año 2006 se modificó el Código Penal, añadiéndose un artículo que es el 361 bis, el cual castiga especialmente a quien sin justificación terapéutica prescriba, proporcione, dispense, suministre, administre, ofrezca o facilite a deportistas sustancias o grupos farmacológicos prohibidos así como métodos no reglamentarios, destinados a aumentar sus capacidades físicas o a modificar los resultados de las competiciones, que por su contenido, reiteración de la ingesta u otras circunstancias concurrentes pongan en peligro la vida o la salud de los mismos.
Así que cuidadín cuando alguien pida el favor de que se le suministre alguna de estas sustancias porque se encuentra bajo de forma, deprimido o lo que sea, y diga que le sientan bien, porque puede terminar resultándole al Médico muy caro.
Fdo. Miguel Fernández-Melero Enríquez