Miguel Fernández-Melero Enríquez. Jefe de la Asesoría Jurídica del COMCADIZ
Recibo la preocupada llamada de un colegiado que se ha encontrado con que en su hospital, siendo oftalmólogo, lo destinan a atender pacientes COVID 19, y pregunta si eso es legal, qué es lo que ocurriría si el paciente sufre parada cardiorrespiratoria y qué responsabilidad personal podría tener en toda esa situación.
La respuesta legal es sencilla. Se contiene en el artículo 3.1 del Real Decreto-Ley 29/20, de 29 de septiembre de 2020, BOE nº 259 de 30.09.2020, de medidas urgentes en materia de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19, y que bajo el título de prestación excepcional de servicios del personal médico y de enfermería estatutario, laboral y funcional, dice lo siguiente:
“1. De forma excepcional y transitoria, la comunidad autónoma correspondiente podrá destinar al personal estatutario de enfermería y médico facultativo especialista de área de cualquier especialidad, dentro de su centro hospitalario, a unidades asistenciales de otra especialidad distinta de la suya cuando el número de profesionales de dichas unidades no sea suficiente, como consecuencia de la pandemia por COVID-19, para la atención de los pacientes de dichas áreas y siempre que quede garantizada la asistencia sanitaria de sus unidades asistenciales de origen”.
Aun cuando pueda parecer raro, como si en casa se nos estropea la luz y a nuestra llamada para repararla acude el relojero, en este momento nos encontramos en una situación casi de guerra contra el virus. Por eso, la actuación de un oftalmólogo (o de un médico de cualquier otra especialidad) para atender a pacientes COVID 19, está perfectamente regulada.
Si se produce una parada cardiorrespiratoria, el colegiado puede practicar medidas de reanimación cardiopulmonar y, sobre todo si está en un hospital, puede llamar a algún compañero de Cardiología.
Y si se produce alguna reclamación por este motivo, lo mejor que puede hacer el colegiado es ponerse inmediatamente en contacto con la Asesoría Jurídica del Colegio de Médicos, que siempre tiene el teléfono abierto y que se ocupará de defenderlo.
Y la semana que viene, más.