Miguel Fernández-Melero Enríquez. Jefe de la Asesoría Jurídica del COMCADIZ
Últimamente no se habla en ningún sitio de otra cosa que no sea la pandemia. Cualquier periódico, o telediario, o informativo de la radio, o conversaciones con los de casa, de lo primero que se habla es de la COVID 19, de la saturación de UCIs, de las derivaciones de pacientes a centros privados, de cierres perimetrales de ciudades, de controles de acceso, de cierre de tiendas, bares y restaurantes. De todo lo malo. Lo cual está produciendo un justificado enojo de la ciudadanía.
Y, para colmo, resulta que nos llegan algunas dosis de las deseadas vacunas, y de lo primero que nos enteramos es que ha habido algunos listos que sin tener derecho a ello, se apuntan a la cola y salen vacunados tan ricamente. Así se ha hablado de políticos de todas las graduaciones (consejeros autonómicos, alcaldes, concejales), directivos de hospitales, militares, curas, y el de la moto.
Sin perjuicio de que se les considere merecedores del más profundo reproche moral, inmediatamente se plantea la posibilidad de que esos listos hayan cometido alguna clase de delito. Pero si buscamos en el Código Penal resulta que la conducta no encaja en ninguno de los tipos que actualmente existen, porque lo único que había es un plan del Ministerio de Sanidad, en el que tan solo se establecían los grupos prioritarios para recibir la vacuna: ancianos y personas de residencias, sanitarios en primera línea de combate contra la pandemia y grandes dependientes.
No parece que exista prevaricación, porque para que se produzca ese delito es preciso que el autor haya dictado una resolución administrativa, que en este caso no se ha producido. Y tampoco parece que haya malversación de caudales públicos, porque habría que demostrar que se ha producido un uso ilícito. Ni se podría hablar de tráfico de influencias, porque no se ha producido ningún beneficio económico, que es un requisito que resulta imprescindible para que se considere producido este delito. Y todo ello sin hablar del principio de intervención mínima del Código Penal.
Quizá se podría atacar a quienes han distribuido las vacunas irregularmente al haber incumplido el protocolo que recibieron de respetar el orden establecido. En todo caso, parece que sería preciso que se modifique el Código Penal (otra vez) y se añada esta conducta como delito específico.
Pero como creo que este comportamiento no puede quedar sin castigo (por mínimo que sea), me parece que acierta el presidente de esa Comunidad Autónoma que ha propuesto que estas personas tan listas no reciban la segunda dosis de la vacuna, por lo que no les servirá de nada la primera y tendrán que esperar, como todo el mundo. Con lo que, en definitiva, lo que únicamente habrán conseguido es recibir un pinchazo extra.
Y yo añadiría que, en la cola, habrían de ocupar los últimos lugares.
Y la semana que viene, más.