No cabe duda de que resulta verdaderamente difícil estar al tanto de las modificaciones legislativas. El Boletín Oficial del Estado escupe a velocidad de vértigo, todos los días, multitud de disposiciones que, de una forma u otra, pueden terminar afectando a nuestras vidas. Si ya resulta difícil para los operadores jurídicos estar al día en la legislación, mucho más lo es para quienes tienen que ocupar su tiempo en cuestiones trascendentales, como son los colegiados que se afanan en mantener o recuperar nuestra salud.
Por eso resulta importante echarle sentido común a las cosas y, en el supuesto de que de alguna forma se sospeche que algo no se ajusta a la legalidad, conviene preguntar.
Últimamente me ha llegado por varios caminos la existencia de un problema que puede llegar a afectar a los colegiados que, ingenuamente, piensan que todo el mundo es bueno y no lo es. El artículo 28 del Código Penal manifiesta, con toda claridad, quiénes son autores de delitos, y así dice:
Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento. También serán considerados autores: a) Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo. B) Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado.
Ese párrafo b) es el que ahora nos preocupa: el que se refiere a los cooperantes necesarios.
Se dice que de médico, poeta y de loco todos tenemos un poco. Eso, que no pasa de ser un refrán, hay quien se lo toma muy en serio y piensa que tiene la capacidad necesaria para ejercer la medicina con toda facilidad. Hay quien cree que puede ejercer como médico sin pasar por la Plaza Fragela durante seis años y luego pasarse otros pocos haciendo el MIR.
A este tipo de personas, que no pasan de ser unos auténticos temerarios, les puede resultar muy fácil montar una consulta, contratar a un médico que sea quien ponga el título y dé la cara, y comience a recetar, o a sacar muelas, o a inyectar bótox, o lo que se quiera.
Ya hemos tenido algún caso en el que el facultativo se ha visto sentado en el banquillo por este tipo de conductas, así que oído al parche. Si alguien contrata a un colegiado, este haría bien en asegurarse de que el dueño de la clínica, si no tiene el título de médico, no realiza ningún tipo de acto médico, pues ello puede traer consecuencias funestas.
Y la semana que viene, más.